El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado un auto en el que invalida como pruebas las escuchas ordenadas por Garzón a las conversaciones entre los primeros detenidos por la trama Gürtel y sus abogados. Como venimos indicando desde hace meses, para no violar el derecho a la defensa, la ley española sólo permite intervenirlas con una orden judicial y en casos de terrorismo, debido a que se ha comprobado con frecuencia que los letrados pertenecen a la misma organización que el detenido. Unas garantías que se saltó Garzón a la torera, poniendo en riesgo la instrucción y las posibles acciones legales contra los acusados.
Las garantías jurídicas están en el ordenamiento por una razón: impedir el abuso de poder. Los jueces instructores tienen la posibilidad legal de hacer u ordenar hacer cosas que serían ilegales si cualquier otro ciudadano las hiciera. De ahí que su actuación esté limitada por la ley. Garzón no se enfrenta a un posible procesamiento por "investigar el franquismo", sino porque los procesos penales sólo pueden seguirse contra personas vivas, y las leyes deben seguirse siempre; el juez no puede ignorar la ley de amnistía en este caso cuando la utilizó años antes para evitar perseguir a Carrillo.
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