martes, 21 de abril de 2009

De leyes y aplicaciones

Dice el secretario de Política Lingüística (¡menudo cargo! Política y lingüística mezcladas, ingeniería social asegurada) de la Generalidad catalana que sólo se multa al uno por ciento de los comercios que no rotulan en catalán (es decir, seamos claros, que rotulan en castellano) y se queda tan ancho. Como si la bondad de una ley se midiera por el porcentaje de ciudadanos a los que afecta o por su aplicación. Un suponer: imaginemos que se promulga una ley que sanciona a todos los habitantes de un territorio determinado que midan más de dos metros. Aunque en la práctica no se aplicase nunca, no dejaría de ser una ley inaceptable bajo cualquier punto de vista.

¿Con qué autoridad moral se permiten multar a los comerciantes que pagan sus impuestos religiosa y hasta laicamente? Ni aunque no los pagaran. ¿Quienes se creen para negarles el derecho a rotular no ya en castellano, en tagalo si les apetece? ¿Estaría bien multar a los que sólo rotulan en catalán? Los comerciantes no están obligados a practicar el bilingüismo y tienen todo el derecho a utilizar la lengua que les venga en gana o les sea más favorable para su negocio. Esta ley es propia de una dictadura, contraria a la Constitución, ilógica e inmoral y debe ser derogada sin más.

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