viernes, 26 de marzo de 2010

Garzón, el inquisidor

Editorial de Libertad Digital

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado un auto en el que invalida como pruebas las escuchas ordenadas por Garzón a las conversaciones entre los primeros detenidos por la trama Gürtel y sus abogados. Como venimos indicando desde hace meses, para no violar el derecho a la defensa, la ley española sólo permite intervenirlas con una orden judicial y en casos de terrorismo, debido a que se ha comprobado con frecuencia que los letrados pertenecen a la misma organización que el detenido. Unas garantías que se saltó Garzón a la torera, poniendo en riesgo la instrucción y las posibles acciones legales contra los acusados.

Las garantías jurídicas están en el ordenamiento por una razón: impedir el abuso de poder. Los jueces instructores tienen la posibilidad legal de hacer u ordenar hacer cosas que serían ilegales si cualquier otro ciudadano las hiciera. De ahí que su actuación esté limitada por la ley. Garzón no se enfrenta a un posible procesamiento por "investigar el franquismo", sino porque los procesos penales sólo pueden seguirse contra personas vivas, y las leyes deben seguirse siempre; el juez no puede ignorar la ley de amnistía en este caso cuando la utilizó años antes para evitar perseguir a Carrillo.

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